Analiza la discrepancia fiscal antes de invertir en bienes raíces

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Principalmente la fiscalización para personas físicas, por parte de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público SHCP mediante el Servicio de Administración Joaquín SAT, se ha intensificado a partir del 2014.

Las personas físicas podrán ser objeto del procedimiento de discrepancia fiscal cuando se compruebe que el monto de las erogaciones en un año de calendario sea superior a los ingresos declarados por el contribuyente, o bien a los que le hubiere correspondido declarar. ART 91 LISR

Erogaciones son: gastos, adquisiciones de bienes, depósitos en cuentas bancarias, en inversiones financieras nacionales o extranjeras, tarjetas de crédito.

 

La consecuencia de caer en discrepancia fiscal y no desvirtuarla es que se equipara a defraudación fiscal con fundamento en el artículo 109, fracción I del CFF, por eso es indispensable demostrarle al fisco el origen de la diferencia. Para los efectos en el supuesto de discrepancia fiscal existe un procedimiento que la Autoridad aplica en términos del ART. 91 LISR.

No existe discrepancia fiscal cuando:

Los estados de cuenta de todas tus cuentas pertenecientes al sistema financiero + documentación y soporte de actos = Declaración Fiscal.

Derivado del uso de la tecnología el SAT cuenta con mejores herramientas para identificar fácilmente las irregularidades, de ahí la importancia de llevar un control de los gastos efectuados y confrontarlos con los datos reportados en la declaración del ejercicio.

 

Recomendaciones:

  1. Conservar estados de cuenta bancarios de todas tus cuentas.
  2. Contar siempre con los comprobantes de ingresos, las constancias de percepciones y retenciones correspondientes CFDI y XML.
  3. Formalizar operaciones civiles, mercantiles y de cualquier materia legal a través de contratos o convenios, si un elemento de formal de los contratos es que tenga Fe pública debe hacerse, o si el negocio es mayor a $500,000.00 MN, también se recomienda y si excede de los topes de LEY debe informarse, como es el caso de los prestamos.
  4. Presentar las declaraciones en tiempo y forma.
  5. Presentar los avisos a los que se sea objeto en tiempo.
  6. Llevar una contabilidad financiera.